20 de Noviembre de 1945. INICIO DEL JUICIO PRINCIPAL DE NÚREMBERG  

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Los Juicios de Núremberg o, también, Procesos de Núremberg fueron un conjunto de procesos jurisdiccionales emprendidos por iniciativa de las naciones aliadas vencedoras al final de la Segunda Guerra Mundial, en los que se determinaron y sancionaron las responsabilidades de dirigentes, funcionarios y colaboradores del régimen nacionalsocialista de Adolf Hitler en los diferentes crímenes y abusos cometidos en nombre del III Reich alemán a partir del 1 de septiembre de 1939.

Desarrollados en la ciudad alemana de Núremberg entre 1945 y 1946, el proceso que obtuvo mayor repercusión en la opinión pública mundial fue el conocido como Juicio principal de Núremberg o Juicio de Núremberg, dirigido a partir del 20 de noviembre de 1945 por el Tribunal Militar Internacional (TMI) (cuyo sustento era la Carta de Londres), en contra de 24 de los principales dirigentes supervivientes del gobierno nazi capturados, y de varias de sus principales organizaciones.
Otros doce procesos posteriores fueron conducidos por el Tribunal Militar de los Estados Unidos, entre los cuales se encuentran los llamados Juicio de los doctores y Juicio de los jueces.
La tipificación de los crímenes y abusos realizada por los tribunales y los fundamentos de su constitución, representaron un avance jurídico que sería aprovechado posteriormente por las Naciones Unidas para el desarrollo de una jurisprudencia específica internacional en materia de guerra de agresión, crímenes de guerra y crímenes en contra de la humanidad, así como para la constitución, a partir de 1998, del Tribunal Penal Internacional permanente.

Aunque la legitimidad del Tribunal estuvo en entredicho desde el primer momento -al no existir precedentes similares en toda la historia del enjuiciamiento universal-, los trabajos realizados para la tipificación de los delitos (también hasta entonces insólitos en su magnitud) y los procedimientos para el desarrollo de la causa servirían en adelante para la constitución de la justicia internacional.
De este modo, se concretaron conceptos sobre delitos anteriormente ausentes o vagamente definidos, como el de crimen contra la humanidad, evocado en la Convención de La Haya de 1907. También resultó modificado el enfoque tradicional de las reglas del derecho internacional que se centraban en las relaciones entre Estados, pero no en los derechos y deberes de las personas. Desde entonces, los delitos cometidos por individuos de una nación a lo largo y ancho de varios países podrían ser juzgados internacionalmente por el conjunto de los países afectados, como fue precisamente en la formación del Tribunal de Núremberg.


Cuatro fueron los delitos imputados a los acusados:
Crímenes de guerra, la existencia de asesinatos, torturas y violaciones, hechos contrarios a las Leyes de la Guerra.
Crímenes contra la humanidad, cuando se enfrentaba el exterminio y la muerte en masa.
Genocidio, cuando se daba muerte a todo un grupo étnico determinado.
Guerra de agresión, sobre la base de una premeditación para alterar la paz y entendida como el proceso para atentar contra la seguridad interior de un Estado soberano.

De 4.850 peticiones de procesamientos individuales, fueron acusadas 611 personas. A los grupos se les catalogó entre organizaciones no criminales, donde se encontraba la estructura del Estado (Gobierno y Ejército) y las criminales, que fueron todas aquellas estructuras paralelas del poder nazi como la Gestapo, la SS y el Partido Nazi. Los más destacados fueron: Karl Dönitz, gran almirante de la Flota Alemana y sucesor de Adolf Hitler tras su suicidio; Rudolf Hess, Capitán General y jefe del partido, huido a Gran Bretaña y capturado en 1941; Hermann Goering, Comandante de la Luftwaffe y presidente del Reichstag; Alfred Jodl, jefe del Estado Mayor de la Wehrmacht; Wilhelm Keitel, jefe del Alto Mando de Wehrmacht; Alfred Rosenberg, ideólogo del Partido Nazi; Joachim von Ribbentrop, ministro de Asuntos Exteriores; Albert Speer, arquitecto y ministro de Armamentos; Franz von Papen, embajador nazi en Austria y Turquía.
Entre quienes habían muerto y huido antes de ser juzgados se encontraban: Adolf Hitler, Joseph Goebbels, Ministro de Propaganda que se suicidó al igual que Heinrich Himmler, jefe de las SS e ideólogo del exterminio judío, y los huidos Adolf Eichmann, alto dirigente del Partido Nazi encargado de la logística del exterminio, y Martin Bormann, secretario personal de Hitler desde 1942.

El Tribunal estuvo compuesto por un juez titular de cada uno de los países y su respectivo suplente. Estos fueron:
Geoffrey Lawrence (Titular Reino Unido)
Norman Birkett (Suplente Reino Unido)
Francis Biddle (Titular Estados Unidos)
John J. Parker (Suplente Estados Unidos)
Henri Donnedieu de Vabres (Titular Francia)
Robert Falco (Suplente Francia)
Iona Nikitchenko (Titular Unión Soviética)
Alexander Volchkov (Suplente Unión Soviética)
El fiscal jefe de la Corte fue el juez norteamericano Robert H. Jackson, con la ayuda de los fiscales Hartley Shawcross, del Reino Unido; el General Roman Rudenko, por la URSS; y François de Menthon y Auguste Cahmpetier, de Francia.


Durante el juicio principal la Fiscalía del Tribunal presentó acusación en contra de 24 líderes nazis. De todo ellos sólo Albert Speer, Hans Frank y Baldur von Schirach expresaron su remordimiento por los crímenes cometidos. En resumen el tribunal dictó 11 condenas a muerte, 3 condenas a presidio perpetuo, 2 a veinte años, y una a 15 y otra a 10 años. El dueño de las fábricas Krupp fue declarado incapaz de soportar un juicio. Hans Fritzsche, Franz von Papen y Hjalmar Schacht fueron absueltos de sus cargos.

Los condenados a muerte fueron ejecutados el 16 de octubre de 1946, por vía de ahorcamiento. Hermann Göring se suicidó en la víspera con una cápsula de cianuro, y Robert Ley el 25 de octubre de 1945, antes del veredicto. Después de su ahorcamiento, los restos fueron incinerados y las cenizas desperdigadas en el río Isar.
Martin Bormann fue juzgado y condenado en ausencia, pese a que con posterioridad se supo que murió durante la caída de Berlín, el 2 de mayo de 1945.
Los condenados a cadena perpetua cumplieron su pena en la Prisión de Spandau, hasta la muerte del último de ellos, Rudolf Hess, en 1987. De todos los condenados a penas de cárcel, sólo cuatro las cumplieron a cabalidad, ya que Neurath (en 1954), Raeder (en 1955) y Funk (en 1957) fueron liberados. Durante más de 20 años el único ocupante fue Hess, después de la liberación de Speer en 1966.

El conjunto de procedimientos llevados a cabo tanto en Núremberg como en Tokio, significaron el establecimiento de reglas básicas de persecución de criminales de guerra y la determinación de tales delitos.
Dentro de estos efectos, sirve destacar que el Tribunal fijó las bases de lo que sería llamado erróneamente los Principios de Núremberg, hoy recogido en varios aspectos en los Tribunales Internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda.
El principal legado de estos Tribunales Internacionales (Tokio y Núremberg) es la Corte Penal Internacional, establecida en Roma en 1998 y que cuenta como base fundante de sus reglas de procedimiento los Estatutos de los Tribunales de Núremberg, Tokio, ex Yugoslavia y Ruanda.
Fue de vital importancia, también, al redactarse:
La Convención contra el Genocidio de 1948.
Declaración Universal de Derechos Humanos 1948.
Convenciones de Ginebra de 1949 y sus protocolos de 1977.


This entry was posted on viernes, 20 de noviembre de 2009 at 15:06 and is filed under , , , , . You can follow any responses to this entry through the comments feed .

8 Pensamientos sobre la Historia

A veces nos da la impresion de que las cosas han existido desde siempre, y luego cuando vemos la fecha nos damos cuenta de que son del otro dia, como quien dice: ya ve, la corte penal internacional tiene poco mas de 10 años.

madame, hoy ha elegido un tema apasionante, aunque muy dramatico.

Feliz fin de semana

Bisous

20 de noviembre de 2009, 19:04

Hola Carolina¡¡

Me ha encantado este post. Desconocía que se hubieran sentado las bases de lo que hoy llamamos "crímenes contra la humanidad". Lo has documentado perfectamente con unos detalles muy enriquecedores.
A Eichmann ya se encargarían luego el Mossad de darle su castigo...

Un beso y feliz finde.

20 de noviembre de 2009, 19:44

Madame: cierto, la Corte tiene poco de vida y siempre deben ocurrir atrocidades para que los hombres se decidan a actuar, claro, que hasta la fecha no se había dado una barbarie semejante.
Feliz fin de semana. Bisous!

Félix: Creo que todos tuvieron su castigo, más tarde o más temprano, al final se hace justicia de una forma u otra.
Feliz finde. Besos enormes!

20 de noviembre de 2009, 20:40

Pues el tema que has tocado, siendo yo muy joven me llamó tanto la atención que me leí todo lo que había sobre este juicio.

Sabías que Goering, aparte de suicidarse con cianuro, luego se le ahorcó (ya muerto) para que se cumpliera la sentencia de muerte?. Los humanos tenemos unas cosas difíciles de explicar.

Abrazo.

21 de noviembre de 2009, 23:45

Gran tema, siempre me gusto, muy completo tu informe, gracias!!!

11 de diciembre de 2009, 0:23

Pues sí, Chesana, ya ves de lo que somos capaces los humanos.

Carolus, la lucha por el poder será siempre una de las cosas que muevan el mundo, junto con el amor y el dinero (incluído "el amor al dinero"). Bienvenido.

Seba: muchas gracias y bienvenido a la Historia.

11 de diciembre de 2009, 16:36

Madame, tiene usted una participacion de loteria aguardando en mi blog a que pase a recogerla cuando guste.

Feliz domingo

Bisous

13 de diciembre de 2009, 12:42
Anónimo  

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31 de diciembre de 2009, 1:39

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